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EL CONGRESO NACIONAL
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
Ley No. 202-04
HA DADO LA SIGUIENTE
LEY SECTORIAL DE ÁREAS PROTEGIDAS
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil cuatro (2004); años 161º de la Independencia y 141º de la Restauración.
Jesús Vásquez Martínez
Presidente
| Melania Salvador de Jiménez
Secretaria |
Sucre Antonio Muñoz Acosta
Secretario |
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de julio del año dos mil cuatro (2004); años 161º de la Independencia y 141º de la Restauración.
Alfredo Pacheco Osoria
Presidente
| Nemencia de la Cruz Abad
Secretaria |
Ilana Neumann Hernández
Secretaria |
Hipólito Mejía
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil cuatro (2004); años 161° de la Independencia y 141° de la Restauración.
[Publicada en la Gaceta Oficial No. 10282 del 3 de agosto de 2004]
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